• Sociedad La Audiencia de Las Palmas excarcela a un hombre condenado por agresión sexual al aplicar la ley del 'sí es sí'

    03/03/2023 | 09:23   |   Redacción 

    La Audiencia de Las Palmas excarcela a un hombre condenado por agresión sexual al aplicar la ley del 'sí es sí'

    Con este auto, son ya cuatro las personas que han sido excarceladas en Canarias en aplicación a la ley del 'sí es sí'.

    La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha excarcelado a un hombre que estaba condenado a nueve años de prisión por una agresión sexual y al solicitar la revisión de su pena en aplicación de la ley del 'sí es sí', se redujo a seis años de cárcel, determinado entonces su salida de la cárcel al considerarse que ha cumplido la pena al aplicarle la rebaja.

     

    Con este auto, son ya cuatro las personas que han sido excarceladas en Canarias en aplicación a la ley del 'sí es sí', tres en la provincia de Las Palmas y una en la de Santa Cruz de Tenerife, según los datos aportados hasta ahora por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

    En este último caso, y según el auto, el acusado por un delito de agresión sexual obtuvo la sentencia en firme a 9 años de prisión en abril de 2017, estando entonces recogido para este delito una prisión de 8 a 12 años. Y al concurrir la eximente incompleta de alteración psíquica se tuvo que bajar por disposición legal la pena en un grado, determinando de este modo una horquilla penal aplicable de 6 a 12 años menos un día de prisión, siendo condenado finalmente en base a las circunstancias concurrentes a 9 años de prisión.

    Pero con la reforma legal, en este caso el delito de agresión sexual pasa a estar en la horquilla penal aplicable de 7 a 15 años, de tal forma que aplicando la extensión de la pena la rebaja en grado la horquilla penal aplicable va de 3 años y 6 meses de prisión a los 7 años menos 1 día de prisión.

    Esto muestra que la pena aplicable tras la entrada en vigor de la reforma "sea en todo caso inferior" a la impuesta de 9 años, por lo que al revisar la condena se rebaja la pena impuesta de 9 años a 6 años de prisión. También procede, conforme al artículo 101 del Código Penal, rebajar hasta un máximo de 6 años la medida de seguridad de internamiento en centro psiquiátrico.

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