Millones de beneficiarios recibirán en junio un ingreso doble, aunque la fecha exacta dependerá de la entidad bancaria donde tengan domiciliada la prestación.
Con la llegada del verano, millones de pensionistas en España esperan uno de los ingresos más importantes del año. La mensualidad correspondiente a junio llegará acompañada de la paga extraordinaria de verano para quienes perciben sus prestaciones en 14 pagas, lo que supondrá un abono equivalente al doble de su pensión habitual.
La Seguridad Social establece que el pago de las pensiones debe realizarse entre el primer y el cuarto día natural del mes siguiente al que corresponde la prestación. Sin embargo, la práctica habitual de las entidades financieras es adelantar esos ingresos varios días antes de finalizar el mes, facilitando así que los pensionistas dispongan del dinero con antelación.
Fechas previstas según cada banco
Las fechas concretas de cobro pueden variar en función de la entidad bancaria. Según la información recogida, Bankinter y Unicaja figuran entre las entidades que más adelantan el pago de las pensiones, con previsión de ingreso el 22 de junio.
CaixaBank mantiene su política habitual de adelantar la prestación al día 24 de cada mes. Por su parte, Banco Santander abonará las pensiones el martes 23 de junio, mientras que BBVA, Ibercaja y Sabadell suelen efectuar el ingreso el día 25. En cualquier caso, se recomienda confirmar la fecha exacta con cada entidad financiera.
¿Por qué se cobra el doble en junio?
La explicación reside en la paga extraordinaria de verano. La mayoría de los pensionistas españoles perciben sus prestaciones distribuidas en 14 pagas anuales, con dos mensualidades extraordinarias que se abonan en junio y noviembre.
De este modo, un beneficiario que reciba una pensión mensual de 1.200 euros ingresará en junio un total de 2.400 euros. La paga extra tiene el mismo importe que la mensualidad ordinaria y no incorpora complementos adicionales.
Quiénes tienen derecho a la paga extraordinaria
Tienen derecho a esta paga extraordinaria los pensionistas de jubilación, viudedad, incapacidad permanente, orfandad y en favor de familiares que perciben sus prestaciones en 14 pagas.
Por el contrario, quedan excluidas las pensiones derivadas de accidente laboral o enfermedad profesional, ya que sus pagas extraordinarias se encuentran prorrateadas a lo largo de las 12 mensualidades del año. Asimismo, para cobrar la paga íntegra de junio es necesario haber tenido reconocida la pensión durante todo el semestre comprendido entre el 1 de diciembre y el 31 de mayo. Si el derecho a la prestación se generó con posterioridad, el importe extraordinario se calculará de forma proporcional.
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